Secretaría de Organización
Myriam Navarro Cobián.
Verónica Sandoval Hernández. -Suplente
La implementación de un proceso de planificación participativa y estructurada permitirá determinar y desarrollar mejores prácticas. Las necesidades de planificación inherentes al proyecto serán el eficiente uso del tiempo y recursos disponibles, implementación de agenda y diagrama de ruta crítica, recolección de información y generación de un repositorio base de datos.
La recolección y análisis de datos integrará fortalezas y debilidades de la organización sindical, cantidad de agremiados y condición de género, edad, grado académico, profesión y antigüedad, además de ficha general de identificación. Este repositorio servirá de base para la planificación y determinación de indicadores referenciales y comparativos que permitan medir los logros en diferentes etapas y tiempos.
Los indicadores de logro serán determinados para medir el impacto de las acciones realizadas, su comportamiento y el desempeño de las personas directamente involucradas en su ejecución. Dichos indicadores se expresarán en términos realistas dentro de los límites de la estrategia implementada.
La rendición de informes será de utilidad para transmitir a diversos niveles la información importante y aportar transparencia, dar motivación, subrayar logros y reforzar el aprendizaje alcanzado en cada una de las actividades sustantivas del sindicato.
Tiene a su cargo la organización y operatividad de los miembros que constituyen los órganos de gobierno que rigen a este sindicato.
Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Organización, las siguientes:
I.- Conocer, atender y resolver, en acuerdo con el Secretario General, los asuntos y problemas relacionados con la estructura, organización, funcionamiento y jurisdicción del Sindicato y vigilar que ajuste su funcionamiento a lo establecido en los presentes estatutos.
II.- Conservar la unidad interna, así como la unidad en la acción sindical entre los miembros y dirigentes del Sindicato.
III.- Apoyar al Secretario General en la elaboración de los reglamentos interiores de actividades de las Secretarías del Comité Ejecutivo Central, escuchando las aportaciones que al respecto realicen los titulares de las mismas.
IV.- Atender la correcta estructuración y organización de los Comités Delegacionales, fijando y determinando la jurisdicción de los mismos, así como lo referente a su reestructuración cuando conforme a estos estatutos deba realizarse, observándose lo dispuesto por los artículos 65,66,68,69 y demás aplicables de estos estatutos.
V.- Llevar el registro de las delegaciones y de los integrantes de las mismas, así como los de los Comités Delegacionales.
VI.- Convocar junto con el Secretario General a las reuniones de Comité, a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias del Congreso Estatal, Consejo General y Asamblea Delegacional.
VII.- Llevar el registro de los miembros del Sindicato; así como de altas, bajas y licencias de los mismos.
VIII.- Integrar el archivo de esa Secretaría con los datos, antecedentes y demás información de la vida organizada del Sindicato.
IX.- Formular los proyectos de convocatoria y orden del día de las Asambleas del Congreso Estatal, Consejo General y de reuniones del Comité Ejecutivo Central, así como de las Asambleas que conforme a estos estatutos allá de convocar el Comité Ejecutivo Central.
X.- Expedir y autorizar con su firma y la del Secretario General, las credenciales a los dirigentes y demás miembros del Sindicato.
XI.- Expedir y autorizar con su firma y la del Secretario General, los nombramientos de los cargos sindicales que lo ameriten de conformidad a los presentes estatutos.
XII.- Acordar con el Secretario General todos los asuntos de su competencia.
XIII.- Los demás que acuerden estos estatutos y los órganos de dirección del Sindicato en lo que no se contraponga al presente ordenamiento.
Teléfonos de oficina: 312 31 30081 y 312 31 26052