Secretaría de Asuntos Jurídicos
Ignacio Toscano Ramírez.
Mario Hernández Briceño. – Suplente
Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Asuntos Jurídicos:
I.- Realizar propuestas al Secretario General en torno a la modificación, reforma o actualización de los presentes estatutos, respecto a las cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo o del contenido del marco normativo sindical.
II.- Informar al Secretario General de manera oportuna sobre el estado de los procesos jurídicos, administrativos o jurisdiccionales en que el Sindicato sea parte.
III.- Realizar las denuncias penales ante las instancias que correspondan y en contra de los presuntos responsables cuando se quebrante el patrimonio del Sindicato o se cometa algún ilícito en contra de éste.
IV.- Establecer un modelo de despacho jurídico gratuito que brinde asesoría y eventualmente el patrocinio a los miembros del Sindicato, a través de la orientación y representación para la solución de los conflictos legales en los que estén involucrados, y que sean autorizados por el Secretario General y el de Finanzas.
V.- Revisar y verificar que los acuerdos y actas que emanen de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias celebradas por los diversos Órganos de Dirección del Sindicato cumplan con los requisitos establecidos en la ley y en los presentes estatutos, así como verificar su inscripción ante la autoridad o fedatario en un plazo no mayor a cinco días, contados a partir del día siguiente en que estas hayan sido debidamente requisitadas por parte del Secretario de Actas y Acuerdos.
VI.- Revisar que se cumpla con los requisitos y condiciones para la admisión de nuevos miembros del Sindicato.
VII.- Representar, conforme a derecho, a los miembros del Sindicato en la defensa de sus intereses laborales frente a las autoridades de la Universidad de Colima o excepcionalmente en asuntos de otra índole cuando el Secretario General lo estime conveniente.
VIII.- Revisar que las convocatorias expedidas para la celebración de las Asambleas y Congresos cumplan con los requisitos de validez establecidos en los presentes estatutos.
IX.- Revisar la observancia al Contrato Colectivo de Trabajo del cual el Sindicato es titular, así como de los convenios celebrados por el Sindicato con las diversas autoridades.
X.- Llevar un registro pormenorizado de todos los juicios que se sigan en los cuales intervenga el Sindicato.
XI.- Solicitar a los integrantes del Comité Ejecutivo Central, así como a los Comités Delegacionales o en su caso, a los diversos Órganos de Dirección del Sindicato, informes y documentación que estime necesaria para la resolución de asuntos en los que figure el Sindicato. En caso de que dichas instancias no brinden los informes o documentación solicitada, lo hará de conocimiento a las Comisiones Sindicales respectivas para que procedan en los términos de las facultades que tienen conferidas por estos estatutos.
XII.- Revisar que los actos de administración y dominio celebrados por el Comité Ejecutivo Central con relación al patrimonio del Sindicato cumplan con los requisitos legales y lo previsto en los presentes estatutos.
XIII.- Acordar con el Secretario General todos los asuntos de su competencia.
XIV.- Las demás que acuerden estos estatutos y los Órganos de Dirección del Sindicato en lo que no contravengan a las presentes disposiciones.
Teléfonos de oficina: 312 31 30081 y 312 31 26052