Secretaría de Previsión y Asistencia Social
Sandra Yolanda Ramírez Santillán.
María del Rosario Carrizales Gutiérrez. – Suplente
Como función primordial esta Secretaría gestionará, representará y promoverá los servicios que permitan garantizar bienestar y mejor calidad de vida para sus agremiados.
Son obligaciones y atribuciones de la Secretaría de Previsión y Acción Social:
I.- Representar al Sindicato ante los organismos encargados de prestar servicios médico-asistenciales a sus miembros, así como ante la dependencia de la Universidad de Colima que tenga similares funciones, vigilando que cumplan con sus obligaciones, e informar al Comité Ejecutivo Central de las irregularidades que dichos organismos comentan en perjuicio de los miembros del Sindicato; así como informar oportuna, correcta y satisfactoriamente a los miembros del Sindicato de las prestaciones a que estos tienen derecho.
II.- Realizar reuniones periódicas con los secretarios de los Comités Delegacionales para analizar y buscar soluciones a los problemas de los miembros del Sindicato en el reclamo de sus prestaciones a que por ley tengan derecho, así como hacer las recomendaciones procedentes.
III.- Gestionar la reducción de cuotas y descuentos en pasajes y compras diversas en beneficio de los trabajadores para dar mayor poder adquisitivo a su salario.
IV.- Gestionar la tramitación para la concesión de créditos a corto plazo, hipotecarios y de interés social, en beneficio de los trabajadores y sus familias.
V.- Realizar las gestiones necesarias a efecto de que los trabajadores obtengan oportunamente las pensiones de vejez, invalidez o el retiro por jubilación, así como todas las demás indemnizaciones que conforme a la ley tengan derecho.
VI.- Realizar los trámites necesarios a efecto de que a la brevedad posible los beneficiarios de los trabajadores fallecidos obtengan las pensiones o prestaciones que legalmente le correspondan.
VII.- Representar al Sindicato en las actividades cívico-sociales, así como la promoción de las mismas entre sus miembros.
VIII.- Organizar clubes deportivos, sociales y culturales para la práctica de deportes y el disfrute de recreación, así como organizar todos los eventos de este tipo que contribuyan para el mejor esparcimiento de sus agremiados.
IX.- Intervenir, a petición de la parte interesada, para que se cubra a los beneficiarios o deudos del trabajador fallecido, tanto los seguros de vida como los demás bonos y prestaciones a que tenga derecho en los términos de ley, del Contrato Colectivo de Trabajo y demás disposiciones aplicables, vigilando que la misma se efectúe en la brevedad a que refiere la fracción VIII del artículo 6 de los presentes estatutos.
X.- Acordar con el Secretario General todos los asuntos de su competencia.
XI.- Las demás que acuerden estos estatutos y los órganos de Dirección del Sindicato en lo que no contravengan a las presentes disposiciones.
Teléfonos de oficina: 312 31 30081 y 312 31 26052